El Decreto 0415 del 20 de abril de 2026, con el que el Gobierno Nacional ordenó a los fondos privados de pensiones (AFP) trasladar más de 25 billones de pesos a Colpensiones, terminó completamente suspendido por el Consejo de Estado. La medida buscaba mover de forma exprés los ahorros de los afiliados que se cambiaron de régimen bajo la «ventana de oportunidad» del artículo 76 de la reforma pensional (Ley 2381 de 2024).
Qué ordenaba el decreto
El Ministerio del Trabajo expidió el Decreto 415 para exigir que las AFP transfirieran a Colpensiones el ahorro individual completo —incluidos los rendimientos financieros— de más de 119.000 personas que habían aprovechado la ventana especial para trasladarse del Régimen de Ahorro Individual (RAIS) al Régimen de Prima Media (RPM), incluso estando a menos de diez años de la edad de pensión. Los plazos eran extremadamente cortos: entre 15 y 20 días calendario para completar el giro.
Por qué lo frenó el Consejo de Estado
En un primer auto, del 28 de abril de 2026, el Consejo de Estado suspendió parcialmente el decreto por considerar que los plazos fijados eran tan breves que el traslado podía ejecutarse antes de que la jurisdicción contencioso-administrativa alcanzara a pronunciarse de fondo, dejando sin efecto útil una eventual sentencia posterior. Para el alto tribunal, el Gobierno se habría excedido en su potestad reglamentaria: en lugar de simplemente desarrollar el artículo 76 de la Ley 2381, el decreto introdujo una modificación sustancial al esquema que había definido el Congreso.
Semanas después, el 21 de mayo de 2026, el Consejo de Estado completó la suspensión y frenó la totalidad de los efectos del decreto, incluidos los 5 billones de pesos correspondientes a personas que ya se encontraban pensionadas.
Qué significa esto en la práctica
- El traslado masivo de recursos quedó congelado mientras el Consejo de Estado resuelve de fondo la demanda de nulidad contra el decreto.
- Colpensiones sigue pagando la mesada a miles de afiliados que se trasladaron bajo la ventana del artículo 76, mientras sus recursos individuales continúan, en la práctica, administrados por las AFP.
- Si usted usó la ventana de traslado entre 2024 y julio de 2026 y no tiene claridad sobre dónde están sus recursos o si le fueron efectivamente girados a Colpensiones, es momento de solicitar directamente a su AFP y a Colpensiones una certificación del estado de su cuenta individual — no asuma que el traslado ya se ejecutó ni que quedó sin efecto.
¿Se trasladó de régimen pensional y tiene dudas sobre el estado de sus recursos? Contáctenos para revisar su caso específico.



