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La Sala Plena de la Corte Constitucional tenía previsto resolver, el pasado 13 de agosto de 2026, el futuro de la Ley 2381 de 2024, la reforma pensional del Gobierno anterior. Sin embargo, el debate fue aplazado a última hora porque el despacho de la magistrada Natalia Ángel solicitó rotar el expediente para estudiarlo con mayor profundidad. A la fecha no hay una nueva fecha confirmada.

¿Por qué sigue trabada la reforma?

El proceso no gira en torno al contenido de la reforma —es decir, la Corte no está evaluando si el nuevo sistema de pilares es bueno o malo para los colombianos—, sino sobre un problema estrictamente procedimental: si la Cámara de Representantes corrigió o no el vicio de trámite que el mismo alto tribunal identificó en el Auto 841 de 2025, cuando ordenó devolver la ley al Congreso por falta de deliberación suficiente sobre el articulado.

La ponencia que actualmente estudia la Sala Plena, presentada por la magistrada Paola Meneses, propone devolver la ley al Congreso por tercera vez, al considerar que ni la aprobación original ni la repetición del cuarto debate satisficieron el estándar mínimo de discusión artículo por artículo que exige la Constitución.

¿Qué significa esto para su pensión hoy?

Mientras la Corte no tome una decisión definitiva, el Sistema General de Pensiones colombiano sigue rigiéndose íntegramente por la Ley 100 de 1993 y la Ley 797 de 2003. Esto es clave porque genera confusión en muchos afiliados:

  • La reforma NO está vigente. No cambian los requisitos de semanas, ni la edad de pensión, ni el sistema de pilares.
  • La ventana especial de traslado de régimen (Colpensiones ↔ fondos privados) que estableció el artículo 76 de la Ley 2381 ya venció el 16 de julio de 2026, por lo que actualmente rigen las reglas ordinarias de traslado de la Ley 100, incluidas las restricciones de los 10 años previos a la edad de pensión.
  • Los procesos de ineficacia de traslado en curso no se ven afectados por la suspensión de la reforma; siguen su trámite ordinario ante la jurisdicción laboral.

Una recomendación práctica

La incertidumbre normativa no es una razón para postergar la revisión de su caso pensional. Si usted está cerca de cumplir los requisitos de pensión, tiene dudas sobre su historia laboral, considera que su traslado de régimen fue inducido con información inexacta, o depende económicamente de un familiar que falleció sin que se haya reclamado la pensión de sobrevivientes, el análisis de su situación debe hacerse bajo las reglas vigentes hoy —no bajo las de una reforma que aún no aplica y cuyo futuro es incierto.

¿Tiene dudas sobre su caso pensional? Contáctenos y revisamos su situación con base en la normativa actualmente vigente.

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