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¿Inconforme con la pensión obtenida en un fondo privado? Existe la indemnización por perjuicios

Escoger a qué fondo de pensiones cotizará durante su vida laboral es una importante decisión que todo colombiano debe tomar en cuanto comienza su vida laboral. Cada régimen pensional tiene sus pros y sus contras, pero cada persona es un caso particular. Sin embargo, una vez pensionada, una persona se puede dar cuenta de que haber cotizado en un fondo privado de pensiones fue un error y buscar cambiarse al régimen público administrado por Colpensiones ya no es posible.

La Corte Suprema de Justicia ha indicado que no es posible darle efectos prácticos a la declaratoria de ineficacia, teniendo en cuenta que esa calidad da lugar a una situación jurídica consolidada o un hecho consumado que no se puede revertir sin afectar a múltiples personas, entidades, actos, relaciones jurídicas y, por tanto, derechos, obligaciones e intereses de terceros y del sistema en su conjunto.

Por consiguiente, siempre que dicha pretensión sea plasmada en la demanda, bien podría el juez ordenar a título de indemnización de perjuicios el pago a cargo de la AFP de la diferencia entre la prestación reconocida en el RAIS y aquella que hubiese tenido en el RPMPD, esto es, imponer el pago de una renta periódica en los mismos términos en que lo habría hecho el régimen de prima media con prestación definida, tanto para el pensionado como para sus potenciales beneficiarios, ordenando compensar o restituir todo aquello a lo que haya lugar.

Concluyó entonces que el juez en vista a reparar integralmente los perjuicios ocasionados debe explorar y utilizar todas aquellas medidas que considere necesarias para el pleno y satisfactorio restablecimiento de los derechos vulnerados. Se resolvió entonces amparar el derecho al debido proceso y se ordenó resolver de nuevo el recurso extraordinario de casación, teniendo en cuenta las pretensiones propuestas por la demandante y acatando los precedentes jurisprudenciales de la Sala de Casación Laboral (M. P. Fabio Ospitia Garzón).

Abogado y pensionados

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